Auto Supremo AS/0118/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2017

Fecha: 29-Nov-2017

Por lo cual, la pretensión del recurrente no condice con la naturaleza jurídica del recurso


Por lo cual, la pretensión del recurrente no condice con la naturaleza jurídica del recurso extraordinario de revisión de sentencia, cuya finalidad es anular sentencias condenatorias que lograron autoridad de cosa juzgada, sobre la base de situaciones surgidas o conocidas después de su pronunciamiento, por lo que no le es permitido a este Tribunal la apreciación y valoración de “hechos preexistentes” ya conocidos, al ser tal competencia, exclusiva y privativa del Juez o Tribunal que dictó la sentencia