Auto Supremo AS/0139/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2017

Fecha: 30-Nov-2017

I.2. Fundamentos de la demanda

Señala que, conforme la prueba de certificado de nacimiento y cedula de identidad que acompaña, al momento del hecho contaba con 16 años, 9 meses y 25 días, aspecto que no fue tomado en cuenta conforme lo señala el art. 2 de la Ley 548, ni por el art. 268.I del mismo cuerpo legal que establece: “La responsabilidad penal de la o el adolescente será atenuada en cuatro quintas partes respecto del máximo penal correspondiente al delito establecido en la norma penal”, en relación al art. 267 de la misma ley que refiere: “La responsabilidad penal del adolescente de catorce años y menores de dieciocho años, adolescente”, que a su vez modificó el art. 5 del Código Penal.
I.2. Fundamentos de la demanda