Auto Supremo AS/0864/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0864/2017-RA

Fecha: 03-Nov-2017

IV.2. Recurso de casación interpuesto por Francia Victoria Rodríguez


IV.2. Recurso de casación interpuesto por Francia Victoria Rodríguez:

Respecto de la denuncia de que el Tribunal de alzada, violentó el debido proceso al dictar el Auto de Vista sin la fundamentación exigida por ley, lo cual constituye a la vez un defecto insubsanable, contraviniendo la doctrina legal aplicable establecida en diferentes Autos Supremos descritos en el acápites II del a presente resolución, además de no haberse pronunciado respecto a los puntos apelados en el recurso interpuesto, en el que acusó vicios de nulidad por actividad procesal defectuosa (violación del principio de continuidad e inmediatez), y los defectos de la sentencia


condenatoria previstos en los numerales 1, 4, 6 y 11 del art. 370 del CPP, por lo que acusó la violación del art. 115-II de la CPE, omisión que constituye defecto absoluto previsto en el art. 169 del CPP, violentando en consecuencia el principio del debido proceso en la vertiente de la debida fundamentación y motivación de las decisiones judiciales plasmada en el art. 124 de la CPE.

Conforme lo desarrollado por el recurrente se tiene por suficientemente identificados los agravios, al cumpliéndose así con la carga procesal de invocar como precedentes contradictorios los Autos Supremos, 73/2013 de 19 de marzo, 324/2012 de 12 de diciembre, 210/2015-RRC de 27 de marzo y 645/2016-RRC de 24 de agosto, así como el Auto Supremo 466/2014 de 17 de septiembre, explicando la supuesta contradicción de los precedentes invocados con el fundamento del Auto de Vista recurrido, en consecuencia el recurso deviene en admisible