1)En principio el recurrente hace una relación sintética de los antecedentes del proceso, a continuación
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1)En principio el recurrente hace una relación sintética de los antecedentes del proceso, a continuación refiere que la Sentencia carece de fundamentación, porque en la misma no se hubieran declarado los hechos probados en coherencia con los hechos acusados, ni existe una valoración intelectiva de la prueba, conforme refieren los Autos Supremos que cita y de los cuales transcribe su doctrina legal aplicable de forma inextensa, para luego, referir que el Tribunal de alzada no se hubiere pronunciado respecto a las incoherencias y a la falta de fundamentación denunciada en el recurso de apelación restringida, cuando por mandato del Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, le correspondía precisar si los razonamientos del Juez de mérito, fueron a cabalidad y por qué no le correspondería una interpretación diferente del mismo Auto de Vista de 11 de diciembre de 2015
- Por memorial presentado el 11 de agosto de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 3 de agosto de 2017 (fs
- 1)En principio el recurrente hace una relación sintética de los antecedentes del proceso, a continuación
- El art
- establecido por el Código de Procedimiento Penal, el recurso de casación, dada su función nomofiláctica,
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes se observa, que el recurso fue interpuesto dentro del plazo
- El recurrente en el primer motivo, denuncia que la Sentencia carece de una debida fundamentación,
- Al respecto, se advierte que el recurrente no obstante denunciar de manera sucinta que en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
