3)Finalmente refiere que el Auto de Vista recurrido en el tercer agravio que identificó a
3)Finalmente refiere que el Auto de Vista recurrido en el tercer agravio que identificó a la Sentencia incurrió en revalorización de la prueba; puesto que, expresó que el terreno forma una figura rectangular, que no coincide con el plano topográfico; argumento que le resulta, producto de una opinión valorativa, restando credibilidad a una prueba que constituye violación al debido proceso; por cuanto, en la fundamentación la sentencia expresó, que la prueba era coincidente en señalar el derecho propietario de la querellante, no mencionando la supuesta contradicción que señaló el Auto de Vista recurrido en relación a la supuesta forma del inmueble, incurriendo en dos hechos vulneratorios al valorar nuevamente la prueba en segunda instancia y la introducción de hechos no establecidos en la sentencia, infringiendo los principios de inmediación, probidad y legalidad, contraviniendo los Autos Supremos 463/2010 de 1 de octubre y 160/2007 de 2 de febrero
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la referida Sentencia, los imputados Tomás Escudero Vargas (fs
- c)Por diligencia de 16 de agosto de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- apelante, resultándole por el contrario que al declararlo instigador del hecho acusado se reduce su
- 3)Finalmente refiere que el Auto de Vista recurrido en el tercer agravio que identificó a
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- De la revisión de antecedentes, se tiene que la recurrente cumplió con el primer requisito
- En cuanto, al primer motivo, en el que reclama que el Auto de Vista recurrido
- Respecto al segundo motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista recurrido al
- En cuanto a la invocación de los Autos Supremos 103/2011 de 25 de febrero y
- Finalmente con relación al tercer motivo, en el que reclama que el Auto de Vista
- Arriaza Vda
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
