Auto Supremo AS/0884/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0884/2017-RA

Fecha: 03-Nov-2017

En relación al segundo y tercer motivo el recurrente señala que: i) el Tribunal de

En relación al segundo y tercer motivo el recurrente señala que: i) el Tribunal de apelación no habría respondido todos los agravios reclamados porque en el sexto considerando de la resolución impugnada se trató de responder a los agravios expuestos en su recurso de apelación. En cuanto al agravio sobre la falta de fundamentación, señaló que el juez inferior resolvió sobre hechos que no son evidentes porque cambió los hechos, lo puso en una supuesta flagrancia cuando el laboratorio se encontraba a 5 kilómetros de su puesto de trabajo que es simplemente levantar una tranca para que no dañen el bosque, saquen madera o se lleven animales del monte, lo cual no podía pasarse por alto. Es más, reclamó que se pronuncie respecto a lo que hizo el juez de sentencia que determinó su responsabilidad penal con base en dos presupuestos: que existe flagrancia y que conocía y ayudaba a narcotraficantes; sin embargo, el Tribunal no se pronunció sobre el fondo de su reclamo, cometiendo una ilegalidad y una violación al debido proceso que vulnera el art. 124 del CPP; y, ii) que el Tribunal de alzada no se pronunció respecto al reclamo formulado en su recurso de apelación en el que planteó la errónea aplicación de la ley penal porque fue condenado sin tomar en cuenta ni valorar todas las circunstancias de la concreción del hecho y la calificación jurídica realizándose un acto ilógico, incoherente