Auto Supremo AS/0895/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0895/2017-RRC

Fecha: 14-Nov-2017

La apelación restringida expuesta precedentemente fue resuelta por Auto de Vista 13/2017 de 17 de


La apelación restringida expuesta precedentemente fue resuelta por Auto de Vista 13/2017 de 17 de marzo, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró la improcedencia de los cuestionamientos expuestos en el recuso y confirmó la Sentencia apelada, bajo los siguientes argumentos:

En cuanto al primer argumento del apelante, señala que considerando los alcances del art. 124 del CPP y 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE), respecto a la obligación de fundamentar las resoluciones, de la revisión del fallo se colige que la Sentencia cuenta con un primer apartado referido a la enunciación del hecho, seguido de la fundamentación fáctica, probatoria, descriptiva e intelectiva que cuenta con tres conclusiones en la que se realiza el análisis y valoración de los elementos de prueba de cargo y descargo tanto testifical y documental, en la que no solo se limita a analizar la prueba, sino que a su valoración. Asimismo, luego de invocar doctrina legal aplicable, llega a la conclusión de que la prueba demostró las circunstancias de la suscripción del contrato de anticrético, en la que se adujo que sobre el inmueble no pesa gravamen ni hipoteca legal, cuando tiene restricciones y anotación preventiva a nombre de otras personas, que se demostró la mala fe de la propietaria que obtuvo un beneficio económico indebido en base al engaño, fomentando el error a la disposición patrimonial, no siendo evidente el agravio invocado, porque la fundamentación expresada se encuentra cumplida en proporción a la enunciación del hecho y circunstancias que han sido motivo del juicio