Auto Supremo AS/1160/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1160/2017

Fecha: 01-Nov-2017

Sobre las acusaciones relativas a la excepción de falta de acción que debió ser resuelta

Sobre las acusaciones relativas a la excepción de falta de acción que debió ser resuelta en Sentencia conforme al art. 265.III de la Ley Nº 439 del Código Procesal Civil en la que acusa errónea apreciación de la referida norma; sobre el particular corresponde señalar que el Tribunal de Alzada en el punto III.2 del fundamento de su Resolución, refirió que la Corporación Minera de Bolivia no estableció en forma concreta qué derechos o garantías le fueron suprimidos y cuales las pruebas que acreditan dicho extremo, describe el Auto de Vista que no puede recovar una Sentencia sin un agravio fundamentado, aspecto que también sustenta el criterio de desestimar el recurso de casación respecto a la consideración del art. 265 del Código Procesal Civil; ya que en fase de casación debió exponer el contenido de agravio que considera haber formulado y su incidencia en el fondo de la cuestión debatida, si trata de dejar sin efecto el decisorio de Alzada, pues la nulidad no se aplica para sanear pruritos formales, sino que la misma debe estar enmarcada en la trascendencia que pueda generar en los actos procesales, conforme describe la doctrina aplicable deducción efectuada sobre el criterio que el recurso de casación tiene la finalidad de buscar una nulidad procesal, aspecto no cumplido por la entidad recurrente