Auto Supremo AS/1166/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1166/2017

Fecha: 01-Nov-2017

Siendo excusable el error no se impone multa

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los art. 220.III inc. c) del Código de Procesal Civil, ANULA el Auto de Vista Nº 337/2016 de 05 de octubre, cursante de fs. 934 a 936, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz y dispone que la misma Sala, sin espera de turno y previo sorteo, pronuncie nueva Resolución con arreglo a lo previsto por el art. 265.I del Código Procesal Civil.
Siendo excusable el error no se impone multa