Auto Supremo AS/1232/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1232/2017

Fecha: 01-Dic-2017

Cita el art

Acusa incumplimiento de requisitos formales de la Sentencia, exponiendo que no se ha cumplido con lo que manda el art. 192 del Código de Procedimiento Civil y art. 213 de la Ley Nº 439, refiriendo que no se ha cumplido con el numeral I)del párrafo II de dicho articulado, no se halla identificado el objeto del litigio, y directamente se va a la parte narrativa, tampoco se ha manifestado sobre las dos inscripciones computarizadas, señala que en la parte narrativa no se ha expuesto en forma sucinta del hecho y el derecho que se litiga, en la parte motivada, refiriendo que se desconoce la evaluación a los medios de prueba de cargo y de descargo, en la parte resolutiva no se expuso decisiones claras, por qué se rechaza su demanda y por qué acoge la reconvención; cita los arts. 115.I, 178 y 180 de la Constitución Política del Estado y el art. 213 del Código Procesal Civil, asimismo cita la Sentencia Constitucional Nº 1491/2010-R, y concluye señalando que se ha vulnerado el principio de seguridad jurídica.
Cita el art. 1453.I del Código Civil, describe tres supuestos, el derecho de propiedad, la posesión y la pérdida de la posesión, describe haber probado los puntos de hecho fijados en el Auto de fs. 227, estando probados los supuestos de la acción reivindicatoria, cita los documentos de fs. 2 a fs. 88, 165, 268 a fs. 283, 334 a fs. 343, que fueron admitidas como prueba literal, las que debieron ser consideradas en el Auto de Vista y al no haberse efectuado de esa manera se ha infringido el art. 1453 del Código Civil; cita el art. 180 de la Constitución Política del Estado respecto a la verdad material, refiere haber manifestado que no reconocía el derecho de propiedad de la demandada Luz Magaly Guillen Villarroel