La demandada en escrito de fs
De la contestación al recurso de casación.-
La demandada en escrito de fs. 436 a 437, expone que el demandante le demanda para borrar el registro de la venta real que le fue transferida, que a la fecha sigue sin poseer, y que le niega a entregar; el actor solo niega hacer entrega del inmueble, el Auto de Vista solo hace prevalecer su derecho de propiedad aplicando el art. 1453 del Código Civil, asimismo sostiene que al haberse transferido el derecho de propiedad, la postura del actor se enmarca en el art. 596 del Código de Procedimiento Civil como simple poseedor no como propietario
La demandada en escrito de fs. 436 a 437, expone que el demandante le demanda para borrar el registro de la venta real que le fue transferida, que a la fecha sigue sin poseer, y que le niega a entregar; el actor solo niega hacer entrega del inmueble, el Auto de Vista solo hace prevalecer su derecho de propiedad aplicando el art. 1453 del Código Civil, asimismo sostiene que al haberse transferido el derecho de propiedad, la postura del actor se enmarca en el art. 596 del Código de Procedimiento Civil como simple poseedor no como propietario
- Partes: José Chanato Malele. c/ Luz Magaly Guillen Villarroel
- Proceso: Nulidad de proceso y reivindicación
- Distrito: Beni
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Respecto a la acusación de no haberse cumplido con el pase profesional, ello debió reclamarse
- Sobre el incumplimiento del art
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Acusa interpretación errónea del art
- Acusa incumplimiento de normas legales citando los arts
- Cita el art
- Por lo expuesto solicita casar el Auto de Vista
- La demandada en escrito de fs
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- La problemática surge, en la acción reivindicatoria, cuando el demandado -al que se considera poseedor-
- Ahora bien cuando el demandado de reivindicación resista esa pretensión alegando ser el propietario de
- En cambio, si la resistencia del demandado de reivindicación se reduce a la situación de
- Entablada la acción reivindicatoria podrá entonces presentar los siguientes supuestos: a) El actor presenta título
- III
- Previamente es preciso hacer mención al principio de armonía social consagrado por el art
- Por otra parte, el Auto Supremo N° 173/2013 de 15 de abril, ha orientado que:
- No olvidemos que en la actualidad rige el Principio de Verdad Material previsto en el
- En el Auto Supremo Nº 120/2017 de 03 de febrero se ha señalado lo siguiente:
- IV.FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En la parte resolutiva, con precisión se declara improbada la demanda principal de nulidad
- Por lo expuesto corresponde, emitir resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
