Auto Supremo AS/0009/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0009/2017

Fecha: 23-Feb-2017

Que en el interior de la Empresa existiría un horno con vidrio caliente el cual

Que en el interior de la Empresa existiría un horno con vidrio caliente el cual es utilizado por un grupo de personas denominadas plazas, que no constituirían personal dependiente de la Empresa, sino grupos de personas que se asocian voluntariamente para obtener productos del vidrio caliente, que luego son vendidos a la empresa, aclarando que cada plaza establece sus normas internas y los montos o porcentajes obtenidos de dicha venta, advirtiéndose que la actora conforme la confesión judicial formaba parte de una plaza para la elaboración de vidrio, dependiendo de su jefe de plaza, quien le cancelaba su retribución como también fue la persona que la retiró de la plaza, sin embargo la Sentencia establecería que los miembros de las plazas serian personal dependiente de la empresa correspondiéndoles el pago de sus beneficios sociales, cuando no existiría relación laboral, debiendo reclamarse dichos conceptos al jefe de plaza, mismos que se constituirían en contratistas, por lo que se vulneraria el art. 169 del Código Procesal del Trabajo (CPT) en cuanto a la declaración de los testigos