El recurrente alega que de forma incongruente, el Auto de Vista impugnado consideró que la
El recurrente alega que de forma incongruente, el Auto de Vista impugnado consideró que la sentencia se encuentra fundada, pues existiría falta de fundamentación adecuada y coherente de acuerdo a la sana crítica; por cuanto, no se individualizó ni fundamentó, la autoría de cada uno de los encausados, observando la falta de prueba que los individualice, vulnerándose su derecho a la defensa y el debido proceso, surgiendo así el in dubio pro reo, advirtiendo que frente a la duda razonable debió emitirse una resolución absolutoria. Manifestó también que los operadores de justicia (en el presente caso los Jueces Técnicos y Jueces ciudadanos), deben valorar de forma adecuada cada una de las pruebas, otorgándoles a cada una ellas el valor probatorio, contando con una sana crítica, coherente y fundamentar en sentencia, de acuerdo a un debido proceso, sin basarse únicamente en informes y declaraciones de funcionarios como ocurrió; puesto que, de la revisión de los fundamentos de la sentencia, se desprende que su persona se encontraba fuera del domicilio en el que se encontraron las sustancias controladas, que en su inocencia y al percatarse de la presencia policial en el inmueble, se apersonó al domicilio de sus padres, con la finalidad de cerciorarse que ocurría en aquel domicilio, que no imaginó que por ser el hijo de los propietarios del inmueble sería aprehendido, sin que hubiere sido sorprendido en posesión, comercialización, transporte o realizando una transacción (traficando) con las sustancias controladas como sostiene el Ministerio Público
- Por memorial presentado el 23 de mayo de 2016, cursante de fs
- a) Por Sentencia 7/2013 de 14 de mayo (fs
- b) Contra la referida Sentencia, el representante del Ministerio Público (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 726/2016-RA de 26 de septiembre,
- El recurrente alega que de forma incongruente, el Auto de Vista impugnado consideró que la
- Asimismo, señala que si bien es cierto que el Tribunal de alzada no puede ingresar
- En cuanto a la vulneración de los principios legales con relación a la inobservancia o
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista, de igual manera se
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 726/2016-RA de 26 de septiembre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y detallado el ámbito de
- Por Sentencia 7/2013 de 14 de mayo, el Tribunal Primero de Sentencia de Villa Tunari
- Conforme lo establecido por los arts
- II.2. De la apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, tanto la representación fiscal como la parte imputada, interpusieron recursos de
- Denunció que su persona en ningún momento manifestó ser el propietario de la sustancia controlada
- Asimismo, denunció la inexistencia de fundamentación de la sentencia o que ésta sea insuficiente o
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El recurso de apelación restringida formulada por el imputado, fue resuelto por la Sala Penal
- III
- A los fines de resolver la problemática planteada se debe tener presente que la jurisprudencia
- La fundamentación y motivación de resoluciones implica el deber jurídico de explicar; y, justificar de
- III.2. Análisis del caso concreto
- Con lo desarrollado supra, corresponde ingresar a resolver la problemática planteada a fin de establecer
- Consiguientemente, de lo anotado precedentemente se concluye que no es evidente la vulneración al debido
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
