Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0106/2017-RRC
Fecha: 20-Feb-2017
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 23 de mayo de 2016, cursante de fs
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a) Por Sentencia 7/2013 de 14 de mayo (fs
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b) Contra la referida Sentencia, el representante del Ministerio Público (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 726/2016-RA de 26 de septiembre,
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El recurrente alega que de forma incongruente, el Auto de Vista impugnado consideró que la
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Asimismo, señala que si bien es cierto que el Tribunal de alzada no puede ingresar
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En cuanto a la vulneración de los principios legales con relación a la inobservancia o
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista, de igual manera se
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 726/2016-RA de 26 de septiembre, cursante de fs
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y detallado el ámbito de
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Por Sentencia 7/2013 de 14 de mayo, el Tribunal Primero de Sentencia de Villa Tunari
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Conforme lo establecido por los arts
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II.2. De la apelación restringida
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Contra la mencionada Sentencia, tanto la representación fiscal como la parte imputada, interpusieron recursos de
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Denunció que su persona en ningún momento manifestó ser el propietario de la sustancia controlada
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Asimismo, denunció la inexistencia de fundamentación de la sentencia o que ésta sea insuficiente o
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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El recurso de apelación restringida formulada por el imputado, fue resuelto por la Sala Penal
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III
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A los fines de resolver la problemática planteada se debe tener presente que la jurisprudencia
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La fundamentación y motivación de resoluciones implica el deber jurídico de explicar; y, justificar de
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III.2. Análisis del caso concreto
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Con lo desarrollado supra, corresponde ingresar a resolver la problemática planteada a fin de establecer
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Consiguientemente, de lo anotado precedentemente se concluye que no es evidente la vulneración al debido
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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