Auto Supremo AS/0109/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0109/2017-RRC

Fecha: 20-Feb-2017

Por Sentencia 7/2012 de 1 de junio, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental


Por Sentencia 7/2012 de 1 de junio, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Ciro Arias Escobar, autor de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, imponiendo la pena de dos años de reclusión, con costas; asimismo, lo absolvió de pena y culpa por los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, tipificados por los arts. 345 y 346 del CP, con el argumento de que los padres del querellante Teófilo Arias Escobar e imputados Ciro y Trinidad Arias Escobar, eran propietarios del inmueble ubicado en avenida República y 6 de agosto, que Teófilo Arias Escobar, tenía en posesión un dormitorio dividido en dos ambientes ocupados con sus enseres personales, al que llegaba ocasionalmente de la República de la Argentina, donde radica junto a su familia; que el imputado Ciro Arias Escobar para justificar la expulsión al querellante de la habitación que poseía, se introdujo en el mismo a efecto de realizar mejoras, disponiendo de las cosas que existían en su interior, manteniéndose en el mismo e impidiendo el goce de la posesión que ejercía el querellante; por lo que, en virtud a la prueba producida, concurren los elementos constitutivos del delito de Despojo