Auto Supremo AS/0124/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0124/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

Estos antecedentes, permiten constatar a este Tribunal Supremo de Justicia, que si bien el Tribunal


Finalmente, concluyó que habiéndose acreditado las circunstancias que determinaron la comisión de los delitos de Homicidio en accidente de tránsito y Omisión de Socorro, en aplicación de los arts. 37 y 38 del CP y “124 y 173” el Juez a quo, obró conforme a Ley, al haber otorgado la pena impuesta al recurrente.

Estos antecedentes, permiten constatar a este Tribunal Supremo de Justicia, que si bien el Tribunal de alzada arguyó que la sentencia aplicó en forma correcta el art. 45 del CP, al considerar diferentes aspectos que incidieron en el resultado de nueve años de reclusión, ya que habría tomado en cuenta las penas menores en ambos delitos; resulta carente de fundamentación por cuanto se limitó a dar por bien hecho lo dispuesto por el Tribunal de sentencia, concluyendo que en aplicación de los arts. 37 y 38 del CP y “124 y 173” el Juez a quo, habría obrado conforme a Ley, al haber otorgado la pena impuesta al recurrente, limitándose a una remisión del contenido de la sentencia sin establecer motivadamente el por qué el Tribunal de origen aplicó correctamente la norma sustantiva que regula el concurso real; pero además, incurriendo en la incongruencia omisiva denunciada por el recurrente, al omitir pronunciarse respecto a los reclamos concernientes a: cuáles habrían sido las circunstancias consideradas por el Juez para fijar la pena, la ilegal e injusta sumatoria de penas y falta de valoración de las atenuantes, lo que a criterio del recurrente, hacía que la sentencia carezca de la debida fundamentación en cuanto al concurso real, aspectos específicamente cuestionados por el recurrente en la formulación de su recurso de apelación restringida bajo el título de errónea fijación de la pena en concurso real