Auto Supremo AS/0057/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0057/2017

Fecha: 08-Mar-2017

Continuando con la fundamentación de su agravio, refiere que en sus declaraciones: Hugo Marcelo Durán

Continuando con la fundamentación de su agravio, refiere que en sus declaraciones: Hugo Marcelo Durán Mollinedo de fs. 516 a 518, Rolando Alarcón Choquehuanca de fs. 517 a 523 y Mario Iban Álvarez Núñez de fs. 525 a 526, aclararon que el día del supuesto hecho al acudir a la fiesta Nacional como es la Ch'alla simbólica de carnavales, el último estaba fuera del trabajo, asistiendo a la empresa TACA en los cortes y microcortes producidos en el servicio que prestaba la empresa AXS Bolivia, por tanto fuera del trabajo, aspecto que aclara al comunicado interno de fs. 64 de 7 de febrero de 2013 que la hora de trabajo fue hasta las 15:00, precisamente por ser carnaval, en consecuencia no puede haber incumplimiento del contrato de trabajo previsto en el inc. e) del art. 16 de la Ley General del Trabajo, prohibición que señala no concurrir bajo los efectos del alcohol o sustancias controladas, además diferente al conflicto laboral que se debate en la presente demanda