3) Con referencia a la violación de los principios de congruencia y razonabilidad, el Auto
3) Con referencia a la violación de los principios de congruencia y razonabilidad, el Auto de Vista señaló que, no existe incongruencia en la Sentencia ni vulneración al debido proceso; puesto que, el juicio de condena dentro del proceso surge de un razonamiento deductivo por parte del Tribunal de instancia que resolvió, de modo que no existe asidero legal en la denuncia de vulneración al principio de seguridad jurídica, cuando en el análisis, se ha sometido el Tribunal, a las reglas de la lógica, la experiencia y la psicología; al respecto la parte recurrente indica que debe considerarse, que los razonamientos de fundamentación guarden relación y correspondencia con la parte decisiva de la Sentencia de fondo, transcribe parte de la SC 1846/2004-R del 30 de noviembre, también se refiere al alcance del principio de congruencia y razonabilidad para luego señalar que el Auto Supremo 103 del 25 de febrero del 2011 estableció que, el principio procesal de congruencia consiste en que la Resolución que emita el Tribunal de Sentencia, debe circunscribirse en lo fáctico y legal a los hechos probados y no probados, pero los del Tribunal de alzada en ningún momento ingresaron a pronunciarse sobre estos aspectos o puntos cuestionados limitándose a realizar una simple mención sin entrar a realizar el análisis, pues toda la prueba mencionada en el Auto de Vista no fue valorada por el Tribunal de Sentencia y los vocales también omiten valorarla, limitándose a realizar una simple enunciación pese a la obligación de fundamentar que tienen; cita los Autos Supremos 192/2013 de 11 de julio; 215 de 28 de junio de 2006 y 369 de 5 de abril de 2007
- Por memorial presentado el 30 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) En cuanto a la defectuosa valoración de la prueba, señala que no le es
- 3) Con referencia a la violación de los principios de congruencia y razonabilidad, el Auto
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 23 de septiembre de 2016, fue
- Con referencia al Auto Supremo 014/2013-RRC, la recurrente no explica cual la posible contradicción de
- En el segundo motivo, en cuanto a la defectuosa valoración de la prueba, la parte
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
