Auto Supremo AS/0184/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0184/2017-RA

Fecha: 20-Mar-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 14/2016 de 4 de agosto (fs. 184 a 190), la Juez de Partido Público de la Niñez y Adolescencia, del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia de Villa Montes del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Jaime Paz Centellas y Eduardo Galean Fernández, autores de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, imponiendo al primero la pena de doce años y al segundo a quince años de presidio, más multa de diez mil días a razón de Bs. 0.30 y 0,50 por día; por otro lado, los declaró absueltos del delito de Asociación Delictuosa y Confabulación.

b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Jaime Paz Centellas y Eduardo Galean Fernández (fs. 191 a 207), interpusieron recurso de apelación restringida, que fue resuelto por Auto de Vista 107/2016 de 3 de noviembre, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el recurso planteado y confirmó la Sentencia apelada.

c) Por diligencia de 17 de noviembre del 2016 (fs. 242 vta.), fueron notificados los recurrentes, con el referido Auto de Vista; y, el 23 del mismo mes y año, interpusieron el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad