Auto Supremo AS/0189/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0189/2017-RA

Fecha: 20-Mar-2017

Asevera, que el Auto de Vista recurrido se avocó a hablar de la flagrancia y


Asevera, que el Auto de Vista recurrido se avocó a hablar de la flagrancia y no a señalar qué errores de procedimiento o de aplicación de normas existió en la sustanciación del juicio, incurriendo en una revalorización de las pruebas cuando refiere, que no se tomó en cuenta las declaraciones de los policías que intervinieron en la acción directa, pretendiendo a toda costa condenarlo, cuando no existe ningún elemento de prueba, ya que, el policía asignado al caso señaló en su declaración que no había visto a la víctima porque nunca se hizo presente a declarar, que la madre había presentado un desistimiento y por tal razón no investigó nada, entonces no existió ninguna prueba conforme se puede evidenciar en el expediente; no obstante el Auto de Vista recurrido en su segundo considerando refiere que las pruebas presentadas por el Ministerio Público fueron debidamente judicializadas refiriéndose a la denuncia, prueba documental, informes, actas de reconocimiento, registro o inspección, los que el Juez inferior no habría tenido en cuenta al dictar la Sentencia; empero, asevera que no existió ninguna prueba, evidenciándose que el Tribunal de alzada fue redactado de memoria o copia de otro Auto, limitándose a señalar lo que significa la flagrancia y que las pruebas del Ministerio Público no fueron valoradas al momento de dictarse la Sentencia, lo que a su criterio significa, una revalorización de la prueba, donde no señala la inobservancia o errónea aplicación de la Ley