Auto Supremo AS/0195/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0195/2017-RA

Fecha: 20-Mar-2017

4)Añaden que en el Auto de Vista no existe asimilación coherente y menos prelación sobre


4)Añaden que en el Auto de Vista no existe asimilación coherente y menos prelación sobre los motivos apelados; y que, en los casos en los cuáles, las partes planteen nuevos motivos no recurridos en apelación restringida, “…no es menos cierto que el reclamo previo deje sin efecto derechos que si habrían vulnerados, siendo menester del tribunal de alzada tal cual establece dentro del espíritu de la norma en sí, precautelar el interés central de la aplicación de la normativa el cual garantiza derechos y garantías Constitucionales mismos que están por encima de errores de requisitos procesales que vulnerarían estas garantías Constitucionales, con lo señalado correspondería subsanar el acto jurisdiccional que se constituye en defecto absoluto detectado en la actividad jurisdiccional del Tribunal de Apelación” (sic)