Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0195/2017-RI
Fecha: 01-Mar-2017
Distrito: Chuquisaca
Distrito: Chuquisaca
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Partes: FDHEBGCH de Chuquisaca c/José Pradel Loayza y otros
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daños y perjuicios
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Distrito: Chuquisaca
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
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Resolución de primera instancia que al ser apelada por la institución demandante, fue resuelto por
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Conforme a lo previsto en el art
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II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
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Agrega que, en su recurso habría cumplido con los presupuestos legales del recurso de apelación,
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En base a esos argumentos, solicita se conceda el recurso ante el Tribunal Supremo para
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A su vez, Cecilia Pompeya Carvallo Rendón a través de su representante Wilbur Daza Gutiérrez,
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III. Doctrina legal
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Corresponde señalar que el art
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La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
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En relación a lo anterior, corresponde especificar que la uniforme línea Jurisprudencial asumida por éste
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IV. Análisis del recurso de casación
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Con la interposición del recurso de casación en el fondo, el recurrente pretende que éste
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De otro lado, la institución recurrente efectúa un petitorio incompleto e impertinente, pues si bien
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Por lo que se deduce que la institución recurrente no ha cumplido con el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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