Auto Supremo AS/0214/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0214/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

Tal como se estableció anteriormente, no consta en obrados que la diligencia de notificación con


Tal como se estableció anteriormente, no consta en obrados que la diligencia de notificación con la Sentencia a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Distrito Nº 2 de Sucre y por ende peor aún la entrega de su copia; toda vez, que conforme se ha establecido en el Fundamento Jurídico III.1 de este Auto Supremo al tratarse de una sentencia condenatoria, ésta sólo puede practicarse de forma personal y con la exigencia de entregarse copia de ella advirtiendo la calidad de querellante que ostentaba dicha institución y las previsiones contenidas en el art. 188 de la Ley 548; en consecuencia, se verifica el incumplimiento de las disposiciones establecidas en los arts. 160 y siguiente del CPP, afectando el derecho de impugnar la sentencia