Auto Supremo AS/0272/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2017-RRC

Fecha: 18-Abr-2017

Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos


Con relación al segundo motivo de casación, se evidencia que el acusado, a tiempo de interponer el recurso de apelación restringida, cuestionó que hasta la fecha de interposición del recurso de apelación, no se había efectuado la audiencia de lectura íntegra de la Sentencia, habiéndosele sorprendido con la notificación con la Sentencia el 31 de marzo de 2016, respecto a lo cual el Tribunal de mérito respondió que, la audiencia de lectura de la Sentencia se celebró el 11 de febrero, donde no estuvo presente el acusado, lo que no invalida la lectura al estar notificado para el acto, lo que materialmente se evidencia del Acta de lectura de Sentencia de 11 de febrero de 2016 (fs. 26), en la que la Secretaria del Tribunal de Sentencia, informó la notificación a las partes, la ausencia del acusado, de su abogado, del representante del Ministerio Público, presente la víctima acompañada de su abogado y ausente la Defensoría, habiendo dado fe de lo obrado la Secretaria del Tribunal; en cuyo mérito, se advierte la debida y suficiente fundamentación del Auto de Vista recurrido, por lo que no se evidencia vulneración de derechos y garantías del acusado, debiendo declararse infundado el motivo analizado.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, se declara INFUNDADO el recurso de casación formulado por Florentino Ballesteros Chicche, cursante de fs. 245 a 250 de obrados.

Regístrese, hágase saber y devuélvase.


Firmado

Magistrada Relatora Dra. Maritza Suntura Juaniquina
Magistrada Dra. Norka N. Mercado Guzmán
Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos