Auto Supremo AS/0303/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0303/2017-RRC

Fecha: 20-Abr-2017

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente


Mediante Auto Supremo 177/2017-RA de 20 de marzo, cursante de fs. 108 a 112, éste Tribunal admitió el recurso de casación formulado por el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, ante la concurrencia de los presupuestos de flexibilización para su análisis de fondo.

II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente:




II.1. De la Sentencia.

Conforme se tiene en la relación del hecho, desde 2003 al 2005 Julio Rojas Ortíz recibió en 14 oportunidades distintos montos de dinero con distintos objetivos en calidad de Jefe de la Unidad de Tesorería y Crédito Público dependiente de la Dirección Administrativa Financiera de la Ex Prefectura de Pando ahora Gobierno Autónomo Departamental de Pando, de los cuáles no hizo los descargos respectivos sumándose en total Bs. 477.604.70.- (Cuatrocientos setenta y siete mil seiscientos cuatro bolivianos), lo que había sido corroborado por la Certificación de la Unidad de Contabilidad General de la Gobernación