III.1.- Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
De la Respuesta al Recurso de Casación.-
No existe respuesta al recurso de casación
III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales:
En la Sentencia Constitucional 0012/2006-R de 4 de enero, respecto a la motivación de las resoluciones se ha razonado que: “La motivación de los fallos judiciales está vinculada al derecho al debido proceso y a la tutela jurisdiccional eficaz, (…), y se manifiesta como el derecho que tienen las partes de conocer las razones en que se funda la decisión del órgano jurisdiccional, de tal manera que sea posible a través de su análisis, constatar si la misma está fundada en derecho o por el contrario es fruto de una decisión arbitraria…”
No existe respuesta al recurso de casación
III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales:
En la Sentencia Constitucional 0012/2006-R de 4 de enero, respecto a la motivación de las resoluciones se ha razonado que: “La motivación de los fallos judiciales está vinculada al derecho al debido proceso y a la tutela jurisdiccional eficaz, (…), y se manifiesta como el derecho que tienen las partes de conocer las razones en que se funda la decisión del órgano jurisdiccional, de tal manera que sea posible a través de su análisis, constatar si la misma está fundada en derecho o por el contrario es fruto de una decisión arbitraria…”
- Partes: Miguel Leaños Cortez. c/ María Dafne Zarcillo García
- Proceso: Reivindicación, desocupación, restitución de inmueble y resarcimiento de daños y perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Del contenido del recurso de casación se extraen los siguientes reclamos
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- III.1.- Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- De igual manera la SC 2023/2010-R de 9 de noviembre estableció que: “…la motivación no
- Por otra parte, en la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0903/2012 de 22 de agosto, se
- En la Sentencia Constitucional Plurinacional 0075/2016-S3 de 8 de enero sobre la fundamentación y motivación
- En el Auto Supremo No 406/2013, se orientó con relación al Litis consorcio estableciendo: “El
- En consecuencia, a los efectos de las previsiones de los arts
- En el ámbito doctrinario, podemos citar la opinión de Escricheque refiere: “… litisconsorte es
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De la transcripción realizada se establece que el Tribunal de Alzada expreso las razones y
- 2
- En el caso de Autos si bien el Juez A quo realizo una valoración de
- Al respecto diremos que si bien resulta evidente que el recurrente ha cumplido con el
- Asimismo con la finalidad de que el conflicto jurídico se resuelva de manera eficaz, deben
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
