Auto Supremo AS/0389/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0389/2017

Fecha: 12-Abr-2017

II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN

II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Jaime Araníbar Castro, recurre de casación señalando que el art. 90-III de la Ley 439 establece la forma y modo en el que deben computarse los plazos procesales, analiza el entendimiento de su aplicación y que según la norma abordada los plazos vencen el último momento hábil del horario de funcionamiento de los juzgados y tribunales del día respectivo, que si resultare que el último día resulta inhábil, el plazo quedará prorrogado hasta el primer día hábil. Establece que en el caso efectuando el cómputo de los cuarenta días vencía el plazo el 17 de enero de 2015, resaltando que fuera sábado –día inhábil-. Que el Ad quem al haber anulado la Sentencia de primer grado violó la garantía del debido proceso