Auto Supremo AS/0399/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2017

Fecha: 12-Abr-2017

En el presente caso se habría considerado que la prescripción correría a partir del derecho

En el presente caso se habría considerado que la prescripción correría a partir del derecho ejercitado lo cual constituiría una aberración, muestra su desacuerdo y señala que por ello la norma señalada art. 1507 del Código Civil diría que los derechos patrimoniales se extinguen por la prescripción en el plazo de cinco años, reiterando su postura al respecto. En el caso habría reclamo de conservación del inmueble y que fueran erogadas hace seis años, por lo que podría ser amparada