En esos términos, es claro que la demanda es confusa y contradictoria, ya que, por
En esos términos, es claro que la demanda es confusa y contradictoria, ya que, por una lado la demanda tiene su base en el posible silencio administrativo negativo en el que habría incurrido la Presidencia del Estado respecto de un recurso de revocatoria sobre un recurso de nulidad de la Resolución Administrativa N° 017/15 de 03 de junio de 2015 formulado por la parte actora, empero, por otro lado se solicita una decisión que no guarda relación con los motivos o razones de la nulidad del acto administrativo planteado, sino con las razones de fondo que llevaron a los ahora demandantes a formular el recurso Jerárquico contra la Resolución Administrativa en revocatoria, es decir lo resuelto mediante la Resolución Administrativa N° 017/15 ya mencionada
- Demandante: Oscar Gabriel Rada Barrera y Fortino Jaime Agramont B
- CONSIDERANDO I: Que, interpuesta la demanda señalada al exordio, se proveyó por esta Sala el
- Por escrito que sale a fs
- CONSIDERANDO II: Que, constituye un deber de los Tribunales cuidar que el proceso se desarrolle
- En la causa, si bien se dispuso la admisión de la demanda, entendiendo que la
- Si bien por lo expresado en la demanda respecto al posible acto administrativo que sería
- En esos términos, es claro que la demanda es confusa y contradictoria, ya que, por
- Debe comprenderse que la norma procesal civil es clara en cuanto se refiere a los
- Bajo esos términos, corresponde anular obrados con reposición hasta el auto de admisión de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
