Auto Supremo AS/0073/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0073/2017

Fecha: 16-May-2017

Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,

Por otra parte el artículo 258. 3) prevé: “En el recurso de nulidad no será permitido presentar nuevos documentos ni alegar nuevas causas de nulidad por contravenciones que no se hubieran reclamado en los tribunales inferiores, salvo los casos que interesaren al orden público para los efectos del artículo 252”.
Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación, se ajusta a las normas legales en vigencia, no se observa violación a norma legal alguna, correspondiendo resolver el mismo de acuerdo lo previsto en los arts. 220. II del Código Procesal Civil, 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por la remisión del art. 252 del Código Procesal del Trabajo