Indicó que, la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto, no habría agotado las
Indicó que, la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto, no habría agotado las instancias a efectos de verificar las razones por las cuales el asegurado no figura en planillas durante los periodos observados, disponiendo la suspensión de la renta básica de vejez, sin un adecuado proceso que sustente la suspensión, incurriendo en violación del Debido Proceso en el orden sustancial, toda vez que no cursan antecedentes referidos a solicitudes a instituciones pertinente o al propio asegurado a efectos de la verificación de los hechos observados
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el Recurso de Apelación por Josefina Vacaflor de Balderrama en representación de Guillermo Balderrama
- El Auto de Vista citado, motivó que Guillermo Balderrama, por intermedio de su representante Josefina
- Indicó que, Tribunal Departamental, ignorando los argumentos esgrimidos en el Recurso de Apelación, en especial
- Manifestó como conclusión que, se ha infringido los más elementales principios operacionales de oportunidad y
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, dicte resolución casando el Auto de Vista
- Mediante memorial cursante de fs
- Indicó que, la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto, no habría agotado las
- Indicó que, en los procesos administrativos como el presente, la Verdad Material constituye uno de
- Mediante Auto Supremo Nº 342/2016-A, de 11 de octubre, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social
- Bajo el contexto señalado precedentemente, en la especie el recurso en todo su contexto resulta
- Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
