Manifestó como conclusión que, se ha infringido los más elementales principios operacionales de oportunidad y
Manifestó como conclusión que, se ha infringido los más elementales principios operacionales de oportunidad y tecnicismo básicos de protección, integralidad incurso en los arts. 158 a 45 de la anterior (no tiene referencia a norma pertenecen dichos artículos) y la actual los derechos a la vida, a la salud y ante todo a una seguridad social, establecidos en los arts. 7, 158 y 45 de la CPE, arts. 554 del RCSS
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el Recurso de Apelación por Josefina Vacaflor de Balderrama en representación de Guillermo Balderrama
- El Auto de Vista citado, motivó que Guillermo Balderrama, por intermedio de su representante Josefina
- Indicó que, Tribunal Departamental, ignorando los argumentos esgrimidos en el Recurso de Apelación, en especial
- Manifestó como conclusión que, se ha infringido los más elementales principios operacionales de oportunidad y
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, dicte resolución casando el Auto de Vista
- Mediante memorial cursante de fs
- Indicó que, la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto, no habría agotado las
- Indicó que, en los procesos administrativos como el presente, la Verdad Material constituye uno de
- Mediante Auto Supremo Nº 342/2016-A, de 11 de octubre, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social
- Bajo el contexto señalado precedentemente, en la especie el recurso en todo su contexto resulta
- Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
