En el sistema jurídico penal vigente, por disposición del art
En el sistema jurídico penal vigente, por disposición del art. 407 del CPP, el recurso de apelación restringida puede ser interpuesto por inobservancia o errónea aplicación de la ley, que se encuentran especificadas en el art. 370 del CPP o en los casos previstos por los arts. 167 y 169 de la misma norma adjetiva penal; empero, esta inobservancia o errónea aplicación de la ley, debe surgir durante el juicio oral, público y contradictorio en la emisión de la resolución del Juez o Tribunal de mérito
- Por memorial presentado el 21 de octubre de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- b)Contra la mencionada Sentencia, la víctima Virginia Villca Sullca, interpuso recurso de apelación restringida
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 66/2017-RA de 24 de enero,
- El Auto de Vista de 19 de septiembre de 2016, pronunciado por la Sala Penal
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 66/2017-RA de 24 de enero, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- II.2. De la apelación restringida de la víctima
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Haciendo remembranza de los antecedentes del proceso e invocando el Auto Supremo 317 de 13
- En el caso presente, este Tribunal admitió el recurso de casación por la concurrencia de
- Previamente a resolver el motivo de casación, es prudente referirse al principio de taxatividad, que
- En el sistema jurídico penal vigente, por disposición del art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
