Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios:
1)La parte recurrente señala que el Auto de Vista impugnado, en dos párrafos carentes de lógica y sentido común, determinó que la Sentencia condenatoria incurrió en los defectos previstos por el art. 370 incs. 5) y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP), bajo los siguientes argumentos: a) Que el Tribunal inferior no valoró la prueba testifical del responsable de la instalación de la cámara de vigilancia de Autolider Internacional S.R.L., Wilson Andrés Peña Vidal, violando el art. 370 inc. 6) del CPP; b) Que el Tribunal no hizo una valoración de la prueba documental presentada en copia simple y luego en originales, consistente en el título en provisión nacional y diferentes diplomas de carrera del acusado, violando el art. 370 inc. 6) del CPP; c) El Tribunal no valoró la prueba pericial del Capitán Cristian Sánchez Rodríguez, violando el art. 370 inc. 6) del CPP; y, d) Que el Tribunal inferior no cumplió con el deber de fundamentación, violando el art. 370 inc. 5) del CPP
- Por memorial presentado el 28 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencia de 21 de octubre de 2016 (fs
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- En cuanto a la descripción y análisis de la declaración del testigo Wilson Andrés Peña
- En cuanto a la descripción de las pruebas documentales de descargo, consistentes en el Título
- Por lo señalado, se puede concluir que el Auto de Vista impugnado, de manera ilegal
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a realizar el análisis de admisibilidad del motivo denunciado, para fines pedagógicos, conviene aclarar
- Ingresando al examen de admisibilidad del primer motivo denunciado, en el cual, el recurrente, en
- Argumentos suficientes para viabilizar la admisión del motivo alegado, puesto que, detalla expresamente y de
- Para fines pedagógicos, conviene aclarar que sólo los Autos de Vista ejecutoriados, pronunciados por los
- Previo a la subsunción del caso a los requisitos de admisibilidad, resulta necesario aclarar que
- Dicho ello, corresponde revisar los argumentos empleados por el recurrente, con relación a los cuales,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
