La exigencia de motivación es una garantía constitucional inmersa en la carta fundamental que debe
La exigencia de motivación es una garantía constitucional inmersa en la carta fundamental que debe impregnar todos los actuados en el curso de cualquier proceso, cualquiera sea su naturaleza; por lo tanto, los sujetos procesales que acuden al órgano judicial en busca de la reparación de supuestas vulneraciones legales cometidas en su contra, se encuentran igualmente constreñidas a cumplir con las exigencias mínimas de exposición de los argumentos de su recurso, a efectos de permitir que este Máximo Órgano de Justicia Ordinaria pueda considerar la legalidad en la emisión del Auto de Vista. Extremo que, tal como se demostró, fue incumplido por la recurrente en la especie, quien de ninguna manera identificó los agravios cometidos supuestamente por el Tribunal de alzada a tiempo de emir el fallo ahora impugnado, sino simplemente se limitó a otorgar una motivación sobre las presuntas transgresiones cometidas por la Sentencia a tiempo de valorar los elementos probatorios, sin argumentar en lo absoluto contradicción alguna entre los argumentos del Auto de Vista y los precedentes citados
- Por memorial presentado el 10 de febrero de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Agrega que el Auto de Vista es contrario a los Autos Supremos invocados, por cuanto
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del caso concreto, corresponde señalar que la labor
- En ese entendido, de la revisión de las denuncias contenidas en el primer motivo, se
- De lo referido, es posible determinar, de manera indubitable, que todas las denuncias sobre defectuosa
- La exigencia de motivación es una garantía constitucional inmersa en la carta fundamental que debe
- En el segundo motivo, con relación al Auto de Vista, se alude expresamente que resulta
- Sin perjuicio de lo señalado, es posible advertir que en el presente motivo, la recurrente
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
