b)Contra la referida Sentencia, el Ministerio Público interpuso recurso de apelación restringida (fs
b)Contra la referida Sentencia, el Ministerio Público interpuso recurso de apelación restringida (fs. 171 a 173), resuelto por el Auto de Vista 119/2014 de 13 de octubre (fs. 184 a 187), que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 604/2016-RRC de 10 de agosto (fs. 217 a 220 vta.), en cuyo mérito, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitió el Auto de Vista 111/2016 de 11 de noviembre, que declaró con lugar el recurso planteado por el Ministerio Público; en consecuencia, revocó la Sentencia apelada, disponiendo su reenvío ante el Juez de Sentencia de Entre Ríos; y, aceptando el desistimiento expreso de la parte apelante respecto a Felipe Mamani Mendoza, declarando su ejecutoria
- Por memorial presentado el 12 de diciembre de 2016, cursante de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la referida Sentencia, el Ministerio Público interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c)Habiendo sido de conocimiento del recurrente el Auto de Vista impugnado, el 12 de diciembre
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Con relación al segundo agravio de apelación, sobre la fundamentación de la Sentencia, el Tribunal
- En cuanto al agravio cuarto de apelación, el Ministerio Público adujo contradicción entre la parte
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- De la representación elevada a la Sala Penal Segunda por el Oficial de Diligencias de
- Con relación a los tres agravios descritos por el recurrente, en los que, previa descripción
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
