Con relación a los tres agravios descritos por el recurrente, en los que, previa descripción
Con relación a los tres agravios descritos por el recurrente, en los que, previa descripción de los motivos de apelación restringida primero, segundo y cuarto interpuesto por el Ministerio Público, aduce defectos del Auto de Vista recurrido al haber resuelto la apelación, a través de una interpretación subjetiva y fundamentación incorrecta con relación a su participación en el hecho endilgado sólo por haberse encontrado circunstancialmente en el lugar de los hechos, estableciendo que el Juez no debió haber responsabilizado sólo a uno de los imputados, además de revalorizar pruebas, el recurrente soslayó invocar precedente contradictorio alguno con el cual este Tribunal pueda efectuar el análisis de las Resoluciones confrontadas a efectos de cumplir su tarea de unificación jurisprudencial; en consecuencia, incumplió su obligación procesal establecida en los arts. 416 y 417 del CPP, ameritando la declaratoria de inadmisibilidad del recurso
- Por memorial presentado el 12 de diciembre de 2016, cursante de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la referida Sentencia, el Ministerio Público interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c)Habiendo sido de conocimiento del recurrente el Auto de Vista impugnado, el 12 de diciembre
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Con relación al segundo agravio de apelación, sobre la fundamentación de la Sentencia, el Tribunal
- En cuanto al agravio cuarto de apelación, el Ministerio Público adujo contradicción entre la parte
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- De la representación elevada a la Sala Penal Segunda por el Oficial de Diligencias de
- Con relación a los tres agravios descritos por el recurrente, en los que, previa descripción
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
