Auto Supremo AS/0470/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0470/2017

Fecha: 09-May-2017

Cumpliendo lo previsto por el art

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.III del Código de Procesal Civil, ANULA el Auto de Vista de 03 de diciembre de 2015, que cursa de fs. 682 a 684 vta., pronunciado por el Juez de Partido Decimo en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, y dispone que se dicte nueva resolución, sin espera de turno y previo sorteo, con arreglo a lo previsto por el art. 265.I del Código Procesal Civil.
Sin responsabilidad por ser error excusable.
Cumpliendo lo previsto por el art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial, comuníquese la presente decisión al Consejo de la Magistratura a los fines de ley