Al respecto el Auto Supremo Nº 303/2013 de 17 de junio orientó que: “Ahondando sobre
Al respecto el Auto Supremo Nº 303/2013 de 17 de junio orientó que: “Ahondando sobre el elemento posesión, el art. 87 del Código Civil señala: “I. La posesión es el poder de hecho ejercido sobre una cosa mediante actos que denotan la atención de tener sobre ella el derecho de propiedad u otro derecho real”; norma que apuntala el ejercicio de hecho sobre la cosa y la intensión de tener sobre ella el dominio, postulado normativo que distingue los elementos objetivo y subjetivo de la posesión, concurrencia funcional posesoria, que desde la doctrina fue impulsada por Savigny en su teoría subjetiva de la posesión, distinguiendo la posesión de la tenencia por el dominio físico de la cosa, que constituye el corpus; y, el comportarse como dueño en relación a la cosa, o sea, hacer con la cosa aquello que legalmente puede hacer su propietario, que compone el animus. Denotándose que la posesión es la autoridad de hecho que se ejerce sobre la cosa, satisfaciendo la necesidad propia por el comportamiento respecto a ella, sin que medie voluntad, subordinación o dominio ajeno sobre el bien del cual se tiene el acto posesorio
- Partes: Irene Peña de Esquivel y otros. c/ Alicia Ruíz Orozco
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Al respecto, corresponde precisar lo que el art
- En ese entendido y toda vez que lo que se pretende recuperar con esta acción
- Concordante con lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia en el Auto Supremo Nº 556/2014
- Así también a través el Auto Supremo N° 640/2014 de 06 de noviembre, se ha
- III.2.- De la Valoración de la Prueba
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- En esta mismo sentido este Tribunal Supremo en los Autos Supremos (como los signados con
- III.3.- De la Posesión
- Al respecto el Auto Supremo Nº 303/2013 de 17 de junio orientó que: “Ahondando sobre
- Sobre el tema el Auto Supremo Nº 281 de 29 de mayo de 2013 señaló:
- En la posesión, el poder material que se ejerce sobre el bien se sustenta
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Ahora si bien en criterio del Tribunal de Alzada la posesión anterior de la demandada
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
