III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
Que el Auto de Vista recurrido recogería criterios inexistentes en el proceso al señalar que la demandada tendría una posesión desde antes del año 2000, en la parte del inmueble y sobre todo sustentada en la inspección judicial de fs. 136 a 137 de donde extraerían datos contrarios e inexistentes, que sería base de sustento del Auto de Vista, ya que en ninguna parte se indicaría que la demandada estuvo ocupando el inmueble más allá del año 2010, advirtiendo que no se habría tomado en cuenta su prueba documental, testifical, oportunamente propuesta; instrumentos con los que acreditarían su legítimo derecho propietario sobre el inmueble habiendo acreditado que también estarían en posesión de todas las habitaciones que estarían en la parte delantera; reiterando que no se realizó un correcta valoración de las pruebas.
Por lo que solicitan que una vez analizado los antecedentes se dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista recurrido y declarando en definitiva firme la Sentencia de Primera instancia.
Corrido en traslado el recurso en casación, el mismo no fue respondido por la parte demandada. En tales antecedentes diremos que:
III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- De la Acción Reivindicatoria
Por lo que solicitan que una vez analizado los antecedentes se dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista recurrido y declarando en definitiva firme la Sentencia de Primera instancia.
Corrido en traslado el recurso en casación, el mismo no fue respondido por la parte demandada. En tales antecedentes diremos que:
III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- De la Acción Reivindicatoria
- Partes: Irene Peña de Esquivel y otros. c/ Alicia Ruíz Orozco
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Al respecto, corresponde precisar lo que el art
- En ese entendido y toda vez que lo que se pretende recuperar con esta acción
- Concordante con lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia en el Auto Supremo Nº 556/2014
- Así también a través el Auto Supremo N° 640/2014 de 06 de noviembre, se ha
- III.2.- De la Valoración de la Prueba
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- En esta mismo sentido este Tribunal Supremo en los Autos Supremos (como los signados con
- III.3.- De la Posesión
- Al respecto el Auto Supremo Nº 303/2013 de 17 de junio orientó que: “Ahondando sobre
- Sobre el tema el Auto Supremo Nº 281 de 29 de mayo de 2013 señaló:
- En la posesión, el poder material que se ejerce sobre el bien se sustenta
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Ahora si bien en criterio del Tribunal de Alzada la posesión anterior de la demandada
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
