Auto Supremo AS/0517/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0517/2017

Fecha: 17-May-2017

Remitiéndonos al punto anterior, debemos reiterar que los asuntos referidos a acciones personales, reales y

Remitiéndonos al punto anterior, debemos reiterar que los asuntos referidos a acciones personales, reales y mixtas, que deriven de la propiedad, posesión y actividad agraria, son de conocimiento exclusivo de la jurisdicción agroambiental. A esto se debe añadir que la competencia es de orden público e indelegable, siendo sus reglas la observancia y la obligatoriedad en su cumplimiento, y en razón de materia es improrrogable conforme al art. 122 de la Constitución Política del Estado