Auto Supremo AS/0530/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0530/2017

Fecha: 15-May-2017

Asimismo, con relación al art

Asimismo, con relación al art. 1.388 del Código Civil refiere que deben ser verificados cuáles son las causales para la extinción de las hipotecas, al respecto señala que este derecho real no puede extinguirse por la vía de la prescripción de manera directa, sino como consecuencia de la extinción de la obligación principal y que en el caso presente seria el crédito; es decir que la hipoteca sigue garantizando el crédito en la medida en que este siga vigente, consecuentemente la prescripción de la obligación hipotecaria solo operaria vía consecuencia cuando se da la prescripción de la obligación, siendo aplicable en este supuesto el art. 1507 en relación al art. 1492 del código Civil