El art
Agrega que no puede el Tribunal de apelación, emitir resolución confirmatoria del fallo en desconocimiento al principio de congruencia, el Tribunal de apelación reiterando los fundamentos del fallo reconoce que la Sentencia absolutoria se sustenta en la mala valoración de la prueba, en clara violación de derechos y garantías constitucionales a la seguridad jurídica, al principio de legalidad, taxatividad, tipicidad y del debido proceso, constituyendo argumentos suficientes para abrir la competencia del Tribunal de casación de acuerdo a los Autos Supremos 80 de 24 de mayo de 2005, 290/2005, 226/2005, porque mal puede el juzgador aun en alzada, incluir hechos no contextualizados en las acusaciones, destinando dicho acto ilegal a imponer a ultranza una condena en contraposición a todas las probanzas acreditadas durante el juicio que no fueron valorados y llevaron al convencimiento ilegal de su culpabilidad respecto de un hecho no acusado.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 22 de febrero de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 15 de febrero de 2017 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Se presenta también el defecto de Sentencia de acuerdo al art
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se establece, que el recurso de casación fue interpuesto dentro
- El motivo en análisis presenta las siguientes observaciones: El recurrente en alusión al Tribunal de
- Este cúmulo de incoherencias, definitivamente no responden a los antecedentes del presente proceso, por cuanto,
- Por otro lado, los numerosos Autos Supremos citados en calidad de precedentes contradictorios, tampoco ameritan
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
