Con relación a la temática planteada el recurrente invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos
Con relación a la temática planteada el recurrente invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 411 de 20 de octubre de 2006, 6 de 26 de enero de 2007, 176 de 26 de abril de 2010, de los cuales se advierte que se refieren a que el Tribunal de alzada debe dar una respuesta fundada a todos y cada uno de los motivos planteados; y el aspecto contradictorio radicaría en que el Tribunal de alzada no cumplió con su deber de responder fundadamente a todos y cada uno de los motivos del recurso interpuesto; en consecuencia, se advierte que el recurrente cumplió con explicar la contradicción en la que incurrió el Tribunal de alzada con relación a los precedentes invocados; por lo que corresponde la admisión del presente motivo
- Por memorial presentado el 20 de mayo de 2016, cursante de fs
- I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Refiere que es obligación del Tribunal de alzada al momento de resolver el recurso de
- 3)Refiere que el Tribunal de Sentencia y el Tribunal de alzada no advirtieron que se
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Respecto de la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 166 de 12
- Con relación al segundo motivo, el recurrente señala que la obligación del Tribunal de alzada
- Con relación a la temática planteada el recurrente invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos
- Por otro lado también invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 359 de 26 de
- Respecto del tercer motivo, refiere que el Tribunal de Sentencia y el Tribunal de alzada
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
