Auto Supremo AS/0417/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0417/2017-RA

Fecha: 05-Jun-2017

4)Haciendo referencia al contenido del Auto de Vista recurrido, afirma que contradijo el Auto Supremo


4)Haciendo referencia al contenido del Auto de Vista recurrido, afirma que contradijo el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, aseverando que el Juzgador estaba en la ineludible obligación de otorgarle a los medios de prueba o elementos de convicción el valor necesario y adecuado a las reglas de la sana crítica y el pensamiento humano. No existe la más mínima noción y análisis de valoración probatoria, por ello, no es posible comprender en absoluto, cómo si no le otorgó valor a los medios probatorios la convicción plena de su culpabilidad. Cita el Auto Supremo 314 de 25 de agosto de 2006, respecto a lo que aduce que se ha obrado en contraposición a la doctrina legal aplicable; toda vez, que quedó demostrado que en la Sentencia, los administradores de justicia, se limitaron a transcribir parcialmente y en primera persona el contenido de las declaraciones de los testigos de cargo y descargo ofrecidos, limitándose a describir la prueba documental y para colmo no refiere qué elementos rescata de cada medio de prueba, no les asignan el valor correspondiente a los medios de prueba o elementos de convicción y menos relacionan estos elementos en su conjunto; consecuentemente, no hay una fundamentación jurídica coherente