Auto Supremo AS/0421/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0421/2017-RA

Fecha: 05-Jun-2017

3) En un último acápite, la recurrente señala que en relación a la excepción de


3) En un último acápite, la recurrente señala que en relación a la excepción de prescripción interpuesta, el Tribunal de alzada concluyó que en el presente caso se trataba un delito de carácter permanente, puesto que se mantenía la vulneración al bien protegido, que el delito de Trata de Seres Humanos constituye un delito instantáneo y que éste no se encontraba dentro de la excepción de aplicación retroactiva de la ley, por tratarse de un delito que no cesó en sus efectos, por lo que, declaró sin lugar la excepción. Invoca como precedentes contradictorios, la Sentencia Constitucional 1332/2010-R de 20 de septiembre, aclarando que si bien no constituye precedente en materia de casación, al ser razonamientos del máximo Tribunal de control de garantías, otorga los lineamientos en materia de conservación de derechos y deben ser tomados en cuenta de resolver