Auto Supremo AS/0426/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0426/2017-RA

Fecha: 09-Jun-2017

En cuanto a los motivos tercero y cuarto, en los que el recurrente sostiene que


En cuanto a los motivos tercero y cuarto, en los que el recurrente sostiene que con relación a los motivos de apelación referidos a la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva; y, a la defectuosa valoración de la prueba en la Sentencia, la Sala Penal Primera, lejos de resolver puntual y fundadamente los reclamos efectuados, se conformó con transcribir los argumentos de la Sentencia recurrida, que no constituye precisamente una fundamentación lógica y racional, como le era exigible conforme a lo previsto en el art. 124 del CPP, pues al copiar los argumentos expuestos en la Sentencia, simplemente incurrió en los mismos defectos y vulneraciones precedentemente denunciados, pretendiendo convalidar a toda costa la Resolución de mérito. Asimismo, se limitó a señalar que la Sentencia recurrida cumple las exigencias de la correcta valoración probatoria y que el Tribunal de alzada está impedido de realizar una nueva valoración de la prueba, recurriendo a la simple transcripción de parte de la Sentencia, lo que no evidencia una debida y adecuada fundamentación, ni mucho menos una consideración y resolución de los aspectos impugnados, lo que constituye defecto absoluto y vulneración del derecho a la defensa y al debido proceso en su componente de la debida y adecuada fundamentación de las resoluciones al tenor de lo previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP. Al respecto, se advierte que la parte impugnante omitió invocar precedente contradictorio alguno con el cual este Tribunal pueda efectuar la labor nomofiláctica encomendada por los arts. 416 y 417 del CPP