Auto Supremo AS/0461/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0461/2017-RA

Fecha: 20-Jun-2017

El art


2)Por otra parte, efectuando una transcripción del Considerando III, puntos 3 y 4, del Auto de Vista recurrido, reclama que el Tribunal de alzada procedió a realizar juicios de valor en incidentes, excepciones, exclusiones probatorias y agravios por errónea aplicación de la ley art. 370 inc. 1) del CPP, lo que contrariaría lo dispuesto en el Auto Supremo 700/2016-RRC de 16 de septiembre; puesto que, determinándose la procedencia de la cuestión apelada no correspondía el análisis de la apelación restringida por efecto de la apelación incidental acogida; no obstante, el Tribunal de alzada efectuó pronunciamiento de la apelación restringida interpuesta por el imputado y de los incidentes planteados, lo que no sería correcto, además que el acusado formuló apelación restringida donde solo mencionaron como reservas y no como apelaciones incidentales.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP