Auto Supremo AS/0562/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0562/2017

Fecha: 05-Jun-2017

Agrega que en el caso de autos y a partir del Auto de Vista se

Agrega que en el caso de autos y a partir del Auto de Vista se dispone la anulación de obrados y se usa incorrectamente como fundamento legal los arts. 5 del CPC y 17.I de la Ley del Órgano Judicial, haciendo una incorrecta aplicación e interpretación de dichas normas que no condice con el sistema o instituto de las nulidades contenidas a partir del art. 105 y siguientes del procedimiento civil y los principios que lo informan, más aún si en la eventualidad de salvar el supuesto “viciado trámite de impugnación” que en definitiva se pretende corregir conforme el recurrido Auto de Vista, tal observación y corrección que se busca por las autoridades salvar, trastoca y rompe todos y cada uno de los principios expuestos, así como vulnera los arts. 105 y siguientes del CPC, puesto que la misma no es sustancial, no es trascendental ni tiene relevancia ni repercusión dentro del proceso