El fundamento de la cosa juzgada formal reside en la seguridad jurídica y en la
El fundamento de la cosa juzgada formal reside en la seguridad jurídica y en la idea misma de proceso entendido como orden a seguir en la tramitación, porque lo decidido excluye un segundo pronunciamiento sobre lo mismo. En virtud a lo referido, no existe posibilidad procesal para que la juez de la causa u otro tribunal dentro del mismo proceso, se pronuncie respecto a los motivos que fueron el fundamento de los incidentes de nulidad planteados por el demandado existiendo una resolución firme sobre los mismos
- CONSIDERANDO I
- La sentencia referida, fue recurrida en apelación por el demandado (fs
- El mencionado Auto de Vista originó que el demandado, formule Recurso de Casación y/o nulidad,
- Refirió que, sin notificarle habían recibido declaraciones de testigos de cargo falsos, y que resultan
- Indicó que, no se tomó en cuenta a sus testigos de descargo, quienes declararon que
- Señaló que, el auto de vista recurrido no tiene fundamento legal, sino solo dos principios
- Manifestó que, el auto de vista no analizó la sentencia apelada para decidir sobre los
- Denunció que, los arts
- Concluyó solicitando la nulidad del Auto de Vista Nº 55/2016, de 12 de julio
- Pese haberse notificado con el Recurso de Casación al actor, tal como se evidencia de
- Mediante Auto Supremo Nº 313-A, de 22 de septiembre de 2016, la Sala Contenciosa, Contenciosa
- Que, así expuestos los reclamos contenidos en el Recurso de Casación y/o Nulidad, se ingresa
- En referencia a las nulidades debe considerarse para su declaratoria la trascendencia que reviste el
- Por otra parte, corresponde establecer que, la cosa juzgada (del latín res iudicata) es el
- Cuando a través de una resolución se resuelve la temática planteada ya sea a favor
- La resolución judicial firme produce los efectos procesales que le son propios en el proceso
- Una vez que una resolución judicial alcanza la categoría de cosa juzgada el tribunal que
- El fundamento de la cosa juzgada formal reside en la seguridad jurídica y en la
- Respecto a las denuncias en sentido de que, sin notificarle habían recibido declaraciones de testigos
- Entendimiento que también se encuentra plasmado en el Código Procesal Civil boliviano promulgado por Ley
- En ese contexto, la jurisprudencia constitucional ha establecido a través de la SCP Nº 0140/2012
- Por lo señalado, en el tema de las nulidades procesales los principios se constituyen en
- Por lo relacionado, se evidencia que el Tribunal de apelación, en cumplimiento del art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
